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Fotografías sin contrato pero con consentimiento

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Iniciado por 1 estrellas

Hace varios meses, realicé una sesión fotográfica a una amistad con el fin de poder utilizarlo como muestra para un futuro portfolio/web profesional mío, todo ello sin un contrato pero si el pleno consentimiento para dos sesiones de casi 800 fotos. Ahora, con todo el trabajo terminado (procesado, etc), esa persona dice no coincidir con mi estilo y me exige que las retire.

¿Qué debo hacer? ¿Puede exigirme la retirada de las fotografías por que si? ¿O debido a que se trata de una obra fotográfica, es suficiente puesto que poseería los derechos morales y de explotación?

Gracias.


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    Solo hay una forma de evitar lo que te ha pasado, tener una hoja de cesión de derechos de imagen que hagas firmar a todo aquel al que fotografíes. De no ser así, si esta persona no da su consentimiento puede denuciarte, si bien, esto ocurre en muy contadas ocasiones si la fotografía no es ofensiva por cuestiones de desnudez, etc.

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    Aquí habría que especificar un poco más. ¿Retirarlas de dónde?

    Si bien es cierto que en estas cosas y por evitarse problemas más vale llevarse por las buenas que caer en una confrontación, una vez que ya te ha ocurrido, sólo decirte que mi opinión éticamente creo que a pesar del trabajo realizado si la persona retratada no está de acuerdo (y al no haber firmado cesión de derechos de imagen) deberías retirarlas de cualquier medio de distribución o difusión. Piensa que esa persona también ha invertido tiempo y esfuerzo al igual que tú en un trabajo común, y dudo que lo haga simplemente por fastidiar.

    Ahora bien, yéndonos a lo que se puede y no se puede hacer…
    En intercambio, todos tenéis derecho a utilizar las fotos para fines de portfolio (exclusivamente), no así para cualquier otro tipo de uso que estará fuera de la ley salvo que se otorguen los derechos de imagen (por parte de los modelos) y la cesión de derechos de uso (por parte del fotógrafo) pertinentes en cada caso.
    Lógicamente en sesiones de fotos, especialmente en las de posados, hay un consentimiento implícito en la toma de las fotografías (pues si no no estaría posando, obvio y perogrullo) pero no en el uso que se haga de ellas posteriormente.
    Resumiendo, si las quieres difundir públicamente, utilizar en publicidad, una revista, etc. tendrás que conseguir cesión de derechos de imagen, de lo contrario el que hace esa difusión está incurriendo en un acto ilegal y punible. Si lo único que quieres es tenerlas en tu porfolio no necesitas esa cesión de derechos de imagen, ya que no estás haciendo uso de ellas. Al menos así me lo explicaron a mí los expertos.

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    Si el trato ha sido “de palabra” y no hay nada firmado con lo que te autorice a difundir o utilizar sus fotos deberías retirarlas. Lo que hay que hacer siempre es hacer que se firme su consentimiento para difusión y tal y cual…

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